Cargando...

Blog

¿En qué consiste un proindiviso de la herencia de un inmueble?

Cuando se compra una vivienda con una pareja o se recibe una herencia familiar y hay varios herederos, es cuando aparece el concepto de proindiviso.

En Finques Campanyà te explicamos en qué consiste un proindiviso en la herencia de un inmueble.

El proindiviso es un concepto jurídico que implica que un bien es compartido por varias personas, es decir, no se tiene plena propiedad pero se tiene derecho de propiedad sobre el bien.

Como decimos, se trata de algo muy habitual, por ejemplo, cuando una pareja compra conjuntamente una vivienda o en el caso de heredar un inmueble y no ser el único heredero, en estos casos, se forma un proindiviso y las personas se convierten en copropietarios.

El problema surge cuando la copropiedad no es una parte exacta de esa vivienda sino que se trata más bien de una cuota abstracta sobre el inmueble, es decir, un porcentaje de esa vivienda que pertenece a cada persona.

Si varios herederos reciben un inmueble en un testamento o en la declaración de herederos, se trata de un bien indivisible, lo que obliga a adjudicar a cada uno su parte correspondiente y se pueden dar varios casos:

  • Que uno de los copropietarios se haga con la totalidad de la propiedad dando a los demás herederos la parte proporcional económica del inmueble.
  • Que se decida entre todos los copropietarios la posibilidad de vender la vivienda y distribuir el dinero obtenido a partes iguales entre todos los copropietarios.

Normalmente, se suelen tener en cuenta estas dos soluciones puesto que el proindiviso acarrea ciertos problemas como pueden ser aquellos derivados de no tener un derecho pleno sobre la propiedad, lo que impide a cualquier propietario tener un uso completo del bien común ni tampoco poder hipotecar, donar o vender la vivienda sin que haya una aprobación del resto de los copropietarios.

Como el acuerdo a veces resulta imposible, existen algunas causas determinadas en las que se puede disolver un proindiviso:

  • Por división del bien.
  • Por renuncia de los propietarios a la herencia.
  • Por consolidación en el caso de que uno de los copropietarios se quede con el bien al completo.
  • Por pérdida o destrucción del bien.