
Publicidad en fachadas: cómo proteger tu propiedad de anuncios no deseados
En muchas comunidades de propietarios, surgen situaciones donde los intereses comunes pueden chocar con los derechos individuales. Un ejemplo claro es la colocación de carteles publicitarios en la fachada del edificio. ¿Qué pasa si uno de estos anuncios afecta negativamente a tu propiedad? ¿Se puede evitar?
Según el Código Civil español, la fachada de un edificio es un elemento común, lo que implica que no pertenece a ningún propietario en particular. Por eso, para realizar cualquier cambio, como colocar un cartel publicitario, es necesario contar con la aprobación de la comunidad, que suele otorgarse en una Junta General.
Ahora bien, ¿puede un propietario oponerse? En términos generales, no basta con el desacuerdo individual. Si la comunidad ha aprobado legalmente la instalación, el comunero disconforme debe impugnar el acuerdo en los tribunales, especialmente si considera que el cartel afecta a derechos fundamentales como la entrada de luz o las vistas.
No obstante, hay algunas excepciones. Cuando los estatutos de la comunidad autorizan de forma explícita la instalación de carteles, los propietarios no tienen derecho a oponerse. También puede haber consentimiento tácito, si se ha tolerado durante años sin objeciones. Además, la justicia valora si el cartel altera significativamente la estética o configuración del edificio.
En casos donde el cartel esté vinculado a sistemas de videovigilancia, la normativa exige su presencia en zonas visibles, incluso si afecta estéticamente a una vivienda. El cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) lo justifica legalmente.
Para proteger tu propiedad, es fundamental revisar los estatutos de tu comunidad, asistir a las juntas y, en caso necesario, actuar legalmente. Si un cartel no autorizado afecta a tu vivienda, puedes solicitar su retirada mediante impugnación formal.
En Finques Campanyà acompañamos a nuestros clientes en la defensa de sus derechos como propietarios. Te asesoramos para que las decisiones comunitarias no afecten negativamente a tu bienestar ni a la imagen de tu propiedad. La convivencia en comunidad empieza por conocer y ejercer tus derechos.